Denuncia UEFA/FIFA — La vía ética (2026)
eventoreviewedActualizado: 2026-09-01
Proceso de denuncia formal ante el Comité de Ética de la RFEF, la UEFA y la FIFA, presentada por Juan Luis Martín de Pozuelo y Ricardo-Ramos-Neira en representación de un grupo de aficionados/activistas madridistas. La denuncia usa la vía ética (derecho privado entre instituciones adheridas), no la disciplinaria (que había prescrito). La UEFA respondió de inmediato con interés activo.
[Source: Ricardo Ramos Neira, "¡ESTO PUEDE CAMBIAR TODO EN CASO BARÇA NEGREIRA! ¡DENUNCIA PRESENTADA Y UEFA Y FIFA MOVERÁN FICHA!" — YouTube 2026-04-03 — vídeo 9_Faoik_K_M — subtítulos VTT procesados por AI, junio 2026] [Source: Ricardo Ramos Neira, "Gran interés de la UEFA — nos han pedido la mayor información posible" — YouTube 2026-04-17 — vídeo 3tlzHzsd76k — subtítulos VTT procesados por AI, junio 2026] [Source: The Objective — Marcos Sierra, 09/07/2026: "Los escándalos acorralan a la FIFA en Bruselas en paralelo a su inacción en el 'caso Negreira'" — extracto vía fetch]
El argumento jurídico central: vía ética vs. vía disciplinaria
La distinción es la clave de por qué esta denuncia tiene recorrido cuando la vía deportiva-disciplinaria pareció cerrada:
| Vía | Estado | Razón |
|---|---|---|
| Disciplinaria (derecho público deportivo) | Prescrita | El plazo estatutario había vencido |
| Ética (derecho privado contractual entre instituciones adheridas a UEFA/FIFA) | Activa | No aplican los mismos plazos de prescripción |
Las instituciones deportivas (FCB, RFEF) están adheridas a UEFA/FIFA mediante contratos de afiliación que incluyen el cumplimiento del Código de Ética respectivo. Esa relación contractual privada no prescribe según los mismos criterios que la sanción federativa formal.
La palanca: UEFA y FIFA pueden exigir a la RFEF que sancione éticamente, o sancionar directamente al FCB en competiciones europeas/mundiales. El precedente citado: cuando la UEFA impuso sanciones a la Juventus (caso Calciopoli), la Juve las acató sin poder recurrir a tribunales ordinarios. Los clubes no pueden trasladar conflictos éticos deportivos a la jurisdicción ordinaria frente a UEFA/FIFA.
El equipo: Pozuelo, Ramos Neira y colaboradores
| Persona | Rol |
|---|---|
| Juan Luis Martín de Pozuelo (abogado, catalán) | Autor formal de la denuncia ante Comité de Ética RFEF; presentación oficial ante Fiscalía |
| Ricardo-Ramos-Neira | Coautor y cara pública del proceso |
| Tomás Rubio | Interlocutor principal con el inspector de UEFA (nivel de inglés); apoyo jurídico |
| Pepe Collins | Aportó pruebas clave (audios Sique Rodríguez, TFG del Hijo) |
| César Laje (abogado penalista) | Asesoría jurídica; participó en identificación de material |
Cronología de las denuncias
Fase 0 — Canal anónimo: Pelícano y Pelícano 2.0 (diciembre 2025)
[Source: The Objective — Marcos Sierra, 12/05/2026]
Antes de la denuncia formal de Pozuelo/Ramos Neira, dos informes anónimos llegaron a FIFA y UEFA a través de sus canales oficiales de denuncias:
- "Pelícano" — informe original
- "Pelícano 2.0" — versión ampliada, 179 páginas, 10 bloques. Sistematiza la cadena RFEF: modificación código ético → requerimiento AEAT → ocultación → mentira pública de Camps
Fecha de envío: a partir del 15 de diciembre de 2025, con actualizaciones posteriores.
Contenido documentado: informes AEAT (2022), reportes Policía Judicial, diligencias Guardia Civil, e información pública oficial cruzada.
Tesis central de los informes: el caso Negreira "no es un incidente aislado, sino parte de una estructura que habría afectado la integridad de la competición durante décadas."
Prueba estrella incluida (confirmada por THE OBJECTIVE, 5-Jul-2026): el Barça negó TRES VECES POR ESCRITO a Hacienda tener los informes de Negreira (27-Feb-2020, 18-Feb-2021, 8-Nov-2021), afirmando que "no se ha podido encontrar la requerida documentación" y que "las personas encargadas ya no están en el club". Sin embargo, el 17-Abr-2023 Laporta exhibió 629 informes y 43 CD como defensa judicial. La contradicción —documentada en el sumario y cruzada con las respuestas a la AEAT— es uno de los pilares del informe Pelícano 2.0. Ver detalle completo en Informe-CNP-Principal#6. Versión del FCB ante la AEAT — Las Tres Mentiras.
Respuesta de FIFA y UEFA: ambos organismos confirmaron haber descargado la documentación para análisis.
Marco normativo invocado:
- FIFA: Artículo 38 del Código de Ética FIFA (FCE) — conductas que dañen "la integridad o reputación del fútbol"
- UEFA: doble rol — garantizar valores éticos + aprobar participación de clubes por criterios de integridad. Los informes señalan que "la mera sospecha de influencia en el resultado de un partido puede ser motivo de sanción"
Respuestas a The Objective (mayo 2026):
- FIFA: sin respuesta
- UEFA: declina comentar, citando "obligaciones de confidencialidad" como práctica habitual
Autoría: los informes circulan como anónimos. Hipótesis (Tier 2): elaborados por Juan-Luis-Martin-de-Pozuelo y Ricardo-Ramos-Neira — coherente con su perfil y acceso al material del sumario; no confirmado públicamente.
| Elemento | Tier | Fundamento |
|---|---|---|
| Pelícano/Pelícano 2.0 enviados a FIFA y UEFA a partir del 15/12/2025 | Tier 1 | The Objective, 12/05/2026 |
| Ambos organismos confirmaron descargar la documentación | Tier 1 | Confirmación recibida por The Objective |
| Autoría Pozuelo/Ramos Neira | Tier 2 | Hipótesis coherente, no confirmada públicamente |
Fase 1 — Denuncia ante Comité de Ética RFEF (antes de abril 2026)
Pozuelo presentó la denuncia ante el Comité de Ética / Departamento de Integridad y Cumplimiento de la RFEF, usando el portal específico de denuncias éticas (vía ética, no la disciplinaria).
Qué incluye la denuncia: hechos objetivos sobre los pagos al VP del CTA durante casi dos décadas. No entra a valorar actuaciones arbitrales concretas — se limita a la existencia y naturaleza de los pagos.
Respuesta de la RFEF: alegó que el caso está judicializado y no puede tramitar la denuncia. El grupo considera esta respuesta contraria al código ético (los ámbitos son independientes) e incluyó la respuesta en la denuncia ante la UEFA como evidencia de inacción de la federación española.
Fase 2 — Denuncia ante la UEFA (abril 2026)
Documentación enviada a la UEFA:
- 600 folios en total: informe GC + informe Policía Nacional + denuncia elaborada de 175 páginas
- Redactada en español, francés e inglés
- Soporte audiovisual: declaraciones de Perrín (Onda Cero 2012 y SER 2023), Godal (La Sexta 2012), Gaspar (YouTube), Laporta en Cataluña Radio y RAC1, Sique Rodríguez (conferencia Universidad Alfonso X), Bartomeu ante Manu Carreño (llamada de Negreira sobre el burofax), Medina Cantalejo (previstos en siguientes entregas)
- Documentos judiciales: auto 2003 Aguirre (ver abajo), auto sobre fair play como bien jurídico, informes GC sobre corrupción sistémica, burofaxes de Negreira
La respuesta de la UEFA: un inspector de la UEFA contactó de inmediato al grupo al recibir la denuncia. Solicitó contexto de cada documento y prueba, y dejó un canal de comunicación abierto. El interlocutor principal fue Tomás Rubio. Esta es la primera señal de receptividad activa de la UEFA frente a la inacción total de la RFEF.
Fase 3 — Denuncia ante la FIFA (en preparación en abril 2026)
La denuncia FIFA estaba en preparación al momento del vídeo de abril 2026. El portal de presentación ya estaba accesible y la carga de documentación en curso.
El Auto de 2003 del Juez Aguirre — prueba enviada a la UEFA
Una de las piezas más relevantes de la documentación enviada a la UEFA es un auto judicial de 2003 del juez Aguirre que califica al FC Barcelona como "autor de fraude de ley" y le deniega personarse como acusación en la causa por haber cometido el delito.
Este auto —que precede al período investigado formalmente (2001-2018)— establece precedente de que los propios órganos judiciales ya habían señalado al FCB como actor fraudulento, no como víctima. Su inclusión en la documentación UEFA es estratégica: contradice la narrativa del FCB de que "desconocía las irregularidades de Negreira".
Un segundo auto establece que el fair play (juego limpio) es un bien jurídico protegido que ha sido vulnerado — encuadre relevante para la vía deportiva ante UEFA/FIFA.
La conversación Ceferín-Florentino (con Louzán presente)
Dato diplomáticamente explosivo documentado en el vídeo de abril 2026:
El presidente de la UEFA, Aleksander Ceferín, le dijo al presidente del Real Madrid, Florentino Pérez, en el palco del Bernabéu —con el presidente de la RFEF, Louzán, presente:
La RFEF nunca le remitió documentación sobre el caso Negreira a la UEFA pese a haberla requerido.
La RFEF estaba obligada a informar a la UEFA sobre una causa judicial de esta magnitud que afectaba a un miembro de su comité arbitral. Que Ceferín confirmara a Florentino —delante de Louzán— que nunca recibió esa información documenta:
- La UEFA ya había solicitado información a la RFEF sobre el caso
- La RFEF nunca la proporcionó
- Ceferín eligió decírselo a Florentino en presencia de Louzán — lo que equivale a un aviso público al presidente de la RFEF
El rol de la RFEF: acusación penal contra el FCB + inacción ética
La paradoja que el grupo usa como argumento central ante la UEFA:
La RFEF está personada como acusación en el proceso penal contra el FCB —reconociendo implícitamente que el club cometió infracciones—, pero simultáneamente no actúa en el plano ético que sería su competencia como federación adherida a UEFA/FIFA.
Que la institución que denuncia el delito en sede penal se niegue a sancionarlo en sede ética constituye, según la argumentación del grupo, una violación del Código Ético de la UEFA al que la RFEF está contractualmente adherida.
Consecuencia potencial si la UEFA actúa: podría disolver la directiva de la RFEF y convocar elecciones si la federación se niega a aplicar sanciones éticas. La UEFA tiene potestad formal para ello.
Presión europea sobre la FIFA — Bruselas (julio 2026)
[Source: The Objective — Marcos Sierra, 09/07/2026 — extracto vía fetch, precisión de detalle no verificada contra el texto íntegro]
En julio de 2026 el Parlamento Europeo abrió un proceso de revisión sobre la FIFA a raíz del caso Balogun (Mundial 2026), con una carta circulando entre delegaciones que pide a las 27 federaciones de la UE —incluida la RFEF— peticionar formalmente a la FIFA una investigación. Encuadre importante: la acción de Bruselas NO es por Negreira — The Objective la usa como contraste con la inacción de la FIFA en el caso Negreira: pese al encuadre de Infantino del caso como uno de los mayores escándalos del fútbol mundial, no abrió acción disciplinaria; el informe pelicano-2.0 documenta esa inacción, y Florentino Pérez la denunció reiteradamente ante la UEFA (el artículo cifra un informe de ~500 páginas — posiblemente el mismo "Dossier Florentino" de junio 2026 ya documentado en Cronologia).
El artículo cita además el Convenio de Macolin (Consejo de Europa, 18/09/2014) como marco europeo contra la manipulación deportiva, y recuerda que la Confad española no aportó coordinación informativa sobre el caso (ver CSD-Consejo-Superior-Deportes).
Relevancia para la vía ética: la presión de instituciones europeas sobre la FIFA es el primer frente político no deportivo que rodea la inacción de Zúrich — contexto que puede reactivar los expedientes dormidos.
| Elemento | Tier | Fundamento |
|---|---|---|
| Proceso de revisión en el Parlamento Europeo + carta a las 27 federaciones | Tier 2 | Relay The Objective vía extracto de fetch — pendiente contraste con texto íntegro |
| Inacción FIFA en Negreira (sin acción disciplinaria) | Tier 1 | Corrobora lo ya documentado (Pelícano 2.0, expedientes) |
| Informe Florentino ~500 pp. = Dossier Florentino (jun 2026) | Tier 2 | Identificación plausible, no confirmada |
Diferencia clave: la denuncia de Pozuelo vs. el informe del Real Madrid
Distinción importante documentada en los vídeos:
| Denuncia Pozuelo/Ramos Neira | Informe del Real Madrid | |
|---|---|---|
| Qué contiene | Hechos objetivos de los pagos al VP del CTA | Análisis de actuaciones arbitrales concretas |
| Quién lo presentó | Abogado Pozuelo (nombre propio) + Ramos Neira | El Real Madrid (en preparación) |
| Canal | Comité de Ética RFEF → UEFA → FIFA | UEFA/FIFA |
| Objetivo | Que la RFEF actúe o que UEFA/FIFA sancionen directamente | Documentar el impacto en actuaciones de campo |
El Real Madrid decidió no incorporar procesalmente la documentación aportada por Ramos Neira et al. en un primer momento, confiando en "los tiempos procesales" (contacto indirecto via junta directiva: "No es el momento de apretar"). Sin embargo, el RM ya había certificado la declaración de Tony Freer en COPE como primer paso para usarla como prueba testifical.
Laporta: "ventaja informativa" — encuadre FIFA
En la rueda de prensa del 17/04/2023, Laporta reconoció haber contactado a Negreira para obtener "ventaja informativa". El Código Ético FIFA tipifica los pagos para obtener ventaja informativa sobre rivales como infracción de máximo nivel — este encuadre fue incluido en la argumentación de la denuncia.
El TFG de Javier Enríquez (2017) — prueba enviada a UEFA
El trabajo final de grado de máster de Javier-Enriquez-Romero (El Hijo, 2017), publicado en su LinkedIn y accesible públicamente durante años, fue incluido en el paquete documental enviado a la UEFA. El documento:
- Analiza el CTA sección por sección
- Admite presión a árbitros dentro del sistema
- Describe el funcionamiento interno del CTA
- Propone una reestructuración
La relevancia: Javier Enríquez redactó este análisis mientras su padre era VP del CTA y él mismo colaboraba activamente con el CTA. Un documento público que describe corrupción sistémica desde dentro, sin nombrar a su padre, y que nadie aportó al proceso hasta 2025 pese a estar en LinkedIn.
Reforma del Código Ético RFEF (2021) — irregularidad incluida en la denuncia
La denuncia incluye la reforma del código ético de la RFEF en 2021, señalada como irregularidad manifiesta: el reglamento de la RFEF prohíbe que su código ético difiera del de FIFA/UEFA. La reforma de 2021 —en el período en que Joan-Laporta era vicepresidente de la RFEF junto a Rubiales— eliminó supuestos específicamente aplicables al caso Negreira, bloqueando la vía administrativa/federativa de sanción.
Eliminar del código ético los supuestos que te aplican, justo cuando Hacienda pasa el expediente a Fiscalía, es exactamente lo que la denuncia identifica como violación del marco ético UEFA/FIFA.
Ver también: Albert-Soler-Sicilia (quien diseñó la Ley del Deporte 2022 desde el CSD-Consejo-Superior-Deportes después de haber autorizado los pagos desde el FCB).
Calibración epistémica
| Elemento | Tier | Fundamento |
|---|---|---|
| Denuncia presentada ante Comité Ética RFEF | Tier 1 | Hecho documentado — acto oficial de presentación |
| 600 folios enviados a UEFA | Tier 1 | Confirmado por los propios presentadores |
| Inspector UEFA contactó de inmediato y solicitó contexto | Tier 1 | Confirmado por Tomás Rubio (interlocutor directo) |
| Conversación Ceferín-Florentino (RFEF no remitió docs) | Tier 2 | Relatada por Ramos Neira, no fuente directa |
| Respuesta RFEF: caso judicializado, no tramitable | Tier 1 | Documentado en escrito de respuesta incluido en denuncia UEFA |
| Laporta en rueda de prensa 17/04/2023: "ventaja informativa" | Tier 1 | Grabación pública existente |
| Auto 2003 Aguirre: FCB "fraude de ley" | Tier 1 | Auto judicial |
| Potencial disolución directiva RFEF por UEFA | Tier 3 | Interpretación jurídica del grupo — no dictamen UEFA |
Relaciones
- Autores de la denuncia: Juan-Luis-Martin-de-Pozuelo, Ricardo-Ramos-Neira
- Escritos ante la Fiscalía: Escritos-Fiscalia-Pozuelo
- Pruebas incluidas: Burofaxes-Negreira, Informe-GC-Cuentas, Informe-CNP-Principal
- Reforma código ético RFEF: Albert-Soler-Sicilia, Luis-Rubiales
- Marco institucional UEFA/FIFA sobre el caso: RFEF, Senes-Erzik-UEFA
- Proceso judicial paralelo: Procedimiento-Judicial